Beneficiará únicamente a pequeños contribuyentes, quienes pagarán una cuota mensual determinada en base a la categoría en la que estén incluidos en el régimen nacional.
El tribunal también determinó la inaplicabilidad de la normativa cuestionada.
Así lo declaró la Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata, a pesar de la derogación expresa de tal franquicia del Código Fiscal, durante dicho período.
Confirmó un fallo que así lo definió sobre la base de lo dispuesto por la Ley de Coparticipación.